A qué velocidad me quitan puntos del carnet de conducir

A qué velocidad me quitan puntos del carnet de conducir

Si quieres saber cuál es la velocidad máxima a la que se puede circular sin que te quiten puntos del carnet de conducir, no te pierdas este artículo.

Desde que en 2006 se estableció el sistema de puntos en el carnet de conducir, la preocupación de los conductores al recibir la notificación de una sanción por infringir las normas de circulación no es tanto la multa económica, sino sobre todo la pérdida de puntos que puede o no llevar con la infracción.

Son muchos y variados los motivos por los que pueden retirarnos puntos (pasar un semáforo en rojo, superar el nivel de alcohol permitido, no respetar la distancia de seguridad…), pero, sin duda, es el exceso de velocidad una de las causas más frecuentes, más todavía desde la entrada en acción de Pegasus, el radar aéreo de la DGT. Por este motivo, nos hemos preguntado a qué velocidad nos quitan puntos del carnet y hemos elaborado una tabla con todos los datos necesarios para conocer el máximo permitido y, de esta manera, poder evitar la pérdida de puntos y sus fatales consecuencias, que pueden pasar por realizar un curso de recuperación o incluso la retirada temporal del permiso de conducir.

 

En la tabla que te mostramos a continuación, puedes ver a qué velocidad te quitan puntos del carnet de conducir, según el límite de velocidad máximo de la vía por la que circules.

Por último, queremos recordarte que las sanciones consideradas muy graves, las que suponen la pérdida de 6 puntos y una multa de 600 euros, están tipificadas como delito en el código penal, por lo que pueden acarrear penas de prisión y la retirada del carnet, si así lo estima el juez competente.

Multas por superar los límites, ¿a qué velocidad me quitan puntos?

Límite legal

Velocidad Pérdida de puntos
20 km/h Entre 41 y 50 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 51 y 60 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 61 y 70 km/h 6 puntos y 500 euros
De 71 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
30 km/h Entre 51 y 60 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 61 y 70 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 71 y 80 km/h 6 puntos y 500 euros
De 81 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
40 km/h Entre 61 y 70 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 71 y 80 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 81 y 90 km/h 6 puntos y 500 euros
De 91 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
50 km/h Entre 71 y 80 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 81 y 90 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 91 y 100 km/h 6 puntos y 500 euros
De 101 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
60 km/h Entre 91 y 110 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 111 y 120 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 121 y 130 km/h 6 puntos y 500 euros
De 131 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
70 km/h Entre 101 y 120 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 121 y 130 km/h 4 puntos y 400 euros
Entre 131 y 140 km/h 6 puntos y 500 euros
De 141 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
80 km/h Entre 111 y 130 km/h 2 puntos y 300 euros
 Entre 131 y 140 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 141 y 150 km/h 6 puntos y 500 euros
 De 151 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
90 km/h Entre 121 y 140 km/h 2 puntos y 300 euros
 Entre 141 y 150 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 151 y 160 km/h 6 puntos y 500 euros
 De 161 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
100 km/h  Entre 131 y 150 km/h 2 puntos y 300 euros
 Entre 151 y 160 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 161 y 170 km/h 6 puntos y 500 euros
 De 171 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
110 km/h Entre 141 y 160 km/h 2 puntos y 300 euros
 Entre 161 y 170 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 171 y 180 km/h 6 puntos y 500 euros
 De 181 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros
120 km/h Entre 151 y 170 km/h 2 puntos y 300 euros
 Entre 171 y 180 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 181 y 190 km/h 6 puntos y 500 euros
 De 191 km/h en adelante
130 km/h Entre 151 y 170 km/h 2 puntos y 300 euros
Entre 171 y 180 km/h  4 puntos y 400 euros
Entre 181 y 190 km/h 6 puntos y 500 euros
De 191 km/h en adelante  6 puntos y 600 euros

Conviene señalar que, en caso de ser multados, debemos asegurarnos de que se ha aplicado correctamente el margen de error. Si, por ejemplo, recibo una multa porque el radar me ha cazado a 153 km/h en una vía limitada a 120 km/h, la sanción correspondiente no debería conllevar la pérdida de puntos. Sí, según la tabla, la sanción implica la pérdida de 2 puntos y una multa de 200 euros, pero la DGT está obligada a aplicar un margen de error del 7%. En este caso, se nos multaría por circular a 142,29 km/h, por lo que la sanción se quedaría en 100 euros y no perderíamos ningún punto en nuestro permiso de conducir.